Tras la queja pública realizada por algunos emprendedores locales a
través de Manzanares Digital, el Ayuntamiento de Manzanares ha anunciado que ya
se encuentran disponibles en el Servicio Técnico Municipal los modelos de
Comunicación Previa y de Declaración Responsable de la llamada “licencia
exprés” para la apertura de determinados comercios de hasta 300 metros cuadrados
de superficie de venta.
Aunque el comunicado municipal dice que este procedimiento de “licencia
express” aprobado en el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas
urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios se viene
aplicando desde principios de agosto, algunos de los afectados indican que ha
sido tras sus quejas públicas cuando han comenzado a tramitarse en el
Ayuntamiento de Manzanares. Previamente habían expuesto ante el consistorio que
este tipo de licencias estaban vigentes desde marzo de 2011, por lo que se
aplican con más de quince meses de retraso.
Según la información difundida por el Ayuntamiento, en aplicación de
este Real Decreto-ley se eliminan todas las licencias y autorizaciones previas
para determinadas actividades comerciales minoristas que se desarrollen en
locales de hasta 300
metros cuadrados de superficie de venta; incluida la
licencia de obra de acondicionamiento del local, siempre que se trate de obra
menor.
Las licencias han sido sustituidas por una Comunicación Previa y una
Declaración Responsable del promotor de la actividad, en la que se manifieste
el cumplimiento de todos los requisitos exigibles, de acuerdo con la normativa
vigente.
La presentación de la Comunicación Previa , la Declaración Responsable
y, cuando sea exigible, la documentación técnica, junto con el pago de los
tributos correspondientes, será condición suficiente para el inicio de las
obras menores de acondicionamiento del establecimiento, y en caso de que estas
no sean necesarias, de la apertura inmediata del mismo y el inicio de la
actividad.
La inexigibilidad de licencia viene a ser sustituida por un régimen de
control a posteriori realizado por el Servicio Técnico Municipal y por el resto
de administraciones con competencia en la materia, que realizarán las
comprobaciones oportunas, aplicando el régimen sancionador vigente en los casos
de incumplimiento.
En ningún caso podrán acogerse a este procedimiento express las
actividades desarrolladas en establecimientos que tengan impacto en el
patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación del dominio
público, las que requieran obra mayor y/o las que no se encuentren incluidas en
el Anexo del Real Decreto-ley 19/2012.
Osea, a ver que me entere yo, la noticia viene a decir que unas normas que el gobierno central sacó hace meses y que los gobiernos municipales, y más concretamente éste que nos atañe, responsable de la aplicación de la norma debería haber comenzado a aplicar de inmediato, en beneficio de los administrados, no lo ha hecho? Pues eso no sé que nombre tendrá, pero perfectamente podría ser denominado con el nombre de una figura delictiva, no sé...¿prevaricacion? es decir, dictar resoluciones injustas a sabiendas de ello, porque las normas referidas han sido publicitadas en el BOE, con lo cual son de público conocimiento.
ResponderEliminarMe parece inaudito que nadie tome cartas en el asunto.
Si los responsables lo han hecho a sabiendas es prevaricación, y si no se han enterado de la nueva legislación después de varios meses de andar jodiendo al personal, es para pedirles que devuelvan sus buenos sueldos, por incompetentes, y se vayan a su casa, empezando por el jefe de la banda, el señor chamorro, o mazarro, o como se llame el concejal.